La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó un recurso presentado por la defensa del médico dermatólogo Jorge Luis Daichman, por lo que quedó firme la pena de diez años de prisión dictada en su contra por el abuso sexual de pacientes. El máximo tribunal tomó esta determinación al rechazar la queja mediante argumentos formales, al advertir que la presentación no cumplía con los requisitos establecidos para este tipo de instancias.
Los abogados defensores habían argumentado que se vulneró la garantía del juez natural, además de cuestionar el análisis de las pruebas y reclamar que la sentencia no había sido revisada de manera suficiente. El profesional de la salud había sido imputado por dos mujeres que lo denunciaron por ataques sufridos en su consultorio particular mientras se atendían por problemas dermatológicos, situación que en uno de los hechos incluyó acceso carnal.
El fallo condenatorio había sido dictado en febrero de 2024 por el juez de juicio Gervasio Pablo Labriola, quien le impuso una pena de cumplimiento efectivo y la inhabilitación de por vida para ejercer la medicina. Posteriormente, hacia fines de 2025, la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos ya había descartado la última vía recursiva a nivel provincial. Como antecedente, el acusado se desempeñó como funcionario en la cartera sanitaria durante la segunda gestión del gobernador Jorge Busti.

